Resoluciones curiosas de dominios .es
He estado leyendo la resolución del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos del dominio “ElConfidencial.es”. Yo, personalmente, desconocía que hubiese un periódico físico o por internet con ese nombre.
Jurídicamente, la veo un tanto peculiar, dado que puede crear unos precedentes peligrosos.
En resúmen, la empresa titular del nombre de dominio “ElConfidencial.com” que no tiene marca alguna registrada relativa a dicho término, alega que es una marca notoria esgrimiendo como prueba sus estadísticas de visitas.
También alega el demandante que el dominio que reclama fue registrado por el ahora demanado en el mismo momento de la liberalización de los dominios .es por lo que no pudieron registrarlo. Y que se han cancelado ya varios dominios .es “al Prestador de Servicios HOSTALIA INTERNET, S.L. que es la entidad através de la que se ha registrado el nombre en disputa”.
Y, bueno, a la vista de la prueba que aporta el demandante del tráfico que tiene el dominio .com ”en el mes de febrero del actual 2006 384.552 visitantes únicos y 1.937.763 visitas; desde 2002 hasta marzo de 2006 1.814.833 visitas de IP correspondientes a España” el experto que dicta la Resolución mantiene que “hay base para sostener que efectivamente se trata de un nombre comercial notorio”.
Pues bien, si se crea ese precedente, le preguntaría yo al experto, ¿debe ser considerado nombre comercial notorio cualquier dominio con esas estadísticas de tráfico?
Con esa base, qué necesidad tenemos de registrar nuestras marcas?.
Y no es que yo esté a favor del demandado, que probablemente haya obrado con mala fe, sino que el hecho de considerar marca notoria un nombre de dominio por sus estadísticas, y ver la facilidad con que le quitan el dominio a su titular, en absoluto me causa buena impresión.